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ACCIDENTES
COLECTIVOS Es un seguro de accidentes para dos o más personas, con el cual se consiguen unas ventajas en cuánto a precio y garantías. Para ciertas empresas y cumpliendo lo que marca la ley de convenios aprobados entre éstos y trabajadores, es obligatorio tener contratado un seguro de accidentes colectivos para su personal. ¿QUIÉN TIENE QUE ASEGURARSE? - Por ley, las empresas que lo tienen estipulado en su convenio laboral. - Por ley, todos los conductores de vehículos de pasajeros. - La escuelas, para proteger a sus alumnos. - Todos aquellos colectivos interesados en tener unas coberturas de accidentes amplias y económicas. GARANTIAS QUE OFRECEMOS
OFERTA ECONÓMICA Puede solicitar presupuesto facilitando los datos solicitados dirigiéndose a nuestro departamento de empresas. Llamando por teléfono (93 757 84 42), por fax (93 757 06 50) o rellenando el formulario. |
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