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ACCIDENTES COLECTIVOS
Es un seguro de accidentes para dos o más personas, con el cual se consiguen unas ventajas en cuánto a precio y garantías.
Para ciertas empresas y cumpliendo lo que marca la ley de convenios aprobados entre éstos y trabajadores, es obligatorio tener contratado un seguro de accidentes colectivos para su personal.

¿QUIÉN TIENE QUE ASEGURARSE?
- Por ley, las empresas que lo tienen estipulado en su convenio laboral.
- Por ley, todos los conductores de vehículos de pasajeros.
- La escuelas, para proteger a sus alumnos.
- Todos aquellos colectivos interesados en tener unas coberturas de accidentes amplias y económicas.

GARANTIAS QUE OFRECEMOS
- Muerte - Gran invalidez
- Invalidez - Gastos sanitarios
 

OFERTA ECONÓMICA
Puede solicitar presupuesto facilitando los datos solicitados dirigiéndose a nuestro departamento de empresas. Llamando por teléfono (93 757 84 42), por fax (93 757 06 50) o rellenando el formulario.